| Information In English | 

Notificación Anual a los Padres con Respecto a la Confidencialidad de los Expedientes Académicos de los Estudiantes

The La Ley de los Derechos y Privacidad Educacionales de la Familia (Family Educational Rights and Privacy Act o FERPA) es la ley Federal que protege la privacidad de los expedientes académicos de los estudiantes. FERPA les da a los padres ciertos derechos con respecto a los expedientes académicos de sus hijos. Estos derechos pasan al estudiante cuando éste alcanza la edad de 18 años o asiste a una escuela superior al nivel preparatoria. Estudiantes a quienes los derechos han sido transferidos son "estudiantes elegibles."

Los padres o el estudiante elegible tienen derecho a inspeccionar y revisar el expediente académico del estudiante que es mantenido por la escuela dentro de un período de 45 días a partir de la solicitud hecha al administrador de la escuela. No es obligación de las escuelas proporcionar copias a no ser que sea imposible para los padres o el estudiante elegible revisar el expediente académico sin copias. Las escuelas pueden cobrar una cuota por proporcionar copias

Los padres o el estudiante elegible tienen el derecho a solicitar por escrito que la escuela corrija el expediente académico que ellos crean sea inexacto o engañoso. Si la escuela decide no corregir el expediente académico, el padre o estudiante elegible tiene derecho a una audiencia formal. Después de la audiencia, si la escuela todavía decide no corregir el expediente, el padre o estudiante elegible tiene derecho de poner una declaración en el expediente que presenta su punto de vista sobre los datos protestados.

Por lo general, las escuelas deben tener permiso de los padres o del estudiante elegible por escrito para poder revelar cualquier dato del expediente académico del estudiante.

  • Autoridades escolares con interés educacional legítimo
  • Autoridad escolar es una persona empleada o contratada por la escuela para servir como administrador, supervisor, maestro o personal de apoyo (incluyendo personal de salud, personal policial, abogado, auditor u otros con funciones similares); una persona que sirve en la mesa directiva de la escuela; o padre o estudiante que sirve como miembro de un comité autorizado o que asiste a otra autoridad escolar en sus funciones;

    Un interés educacional legítimo significa que la revisión del expediente es necesaria para cumplir con una responsabilidad profesional para la escuela;

  • Otras escuelas en las que el estudiante está solicitando inscripción;
  • Autoridades especificadas para propósitos de auditoria o evaluación;
  • Partes competentes en relación a asistencia de financiamiento para un estudiante;
  • Organizaciones conduciendo ciertos estudios por o en nombre de la escuela;
  • Organizaciones de acreditación;
  • Para cumplir con una orden judicial o citación emitida de acuerdo con la ley
  • Oficiales competentes en casos de emergencias de salud y seguridad; y
  • Autoridades estatales y locales, dentro del sistema de justicia para menores, de conformidad con la ley estatal específica.
  • Las escuelas pueden divulgar, sin consentimiento, datos de "directorio" tales como nombre del estudiante, dirección, número de teléfono, fecha y lugar de nacimiento, honores y premios, participación en deportes (incluyendo estatura y peso de los atletas) y fechas de asistencia si no son notificados por los padres o estudiante elegible que la escuela no debe divulgar la información sin consentimiento.

    The La Ley de la Educación de Personas con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act or IDEA) es una ley federal que protege los derechos de estudiantes con discapacidades. Además de los expedientes académicos normales, los expedientes académicos para estudiantes con discapacidades podrían incluir materiales sobre evaluación y exámenes, datos médicos y de salud, Programas Educativos Individualizados y notificaciones y autorizaciones relacionadas, reportes de progreso, materiales relacionadas con acciones disciplinarias y acuerdos de mediación. Tal información es reunida de un número de fuentes, incluyendo los padres del estudiante y personal de la escuela donde asiste el estudiante. También, con permiso de los padres, se pueden reunir datos de fuentes pertinentes adicionales, tales como doctores y otros proveedores de servicios de la salud. Estos datos son recogidos para asegurar que el menor es identificado, evaluado y provisto de una Educación Pública Adecuada Gratuita de acuerdo con las leyes estatales y federales sobre educación especial.

    Cada una de las agencias participantes bajo la Parte B de IDEA debe asegurarse que, en todas las etapas de la recolección, archivo, retención y divulgación de los expedientes académicos a terceras partes, cumpla con las leyes federales de confidencialidad. Además, la destrucción de cualquier expediente académico de un menor con una discapacidad debe ser de acuerdo con los requisitos reglamentarios de IDEA.

    Para información adicional o para presentar una queja, puede llamar al gobierno federal al (202) 260-3887 (voz) o al 1-800-877-8339 (TDD) o al Departamento de Educación de Arizona (ADE/ESS) al (602) 542-4013. O puede usted contactar:

    Family Policy Compliance Office
    U.S. Department of Education
    400 Maryland Avenue, SW
    Washington, D.C. 20202-5901
    Arizona Department of Education
    Exceptional Student Services
    1535 W. Jefferson, BIN 24
    Phoenix, AZ 85007

    Este aviso está disponible en inglés y en español en la website del ADE en www.ade.az.gov/ess/resources bajo formas. Para asistencia para obtener este aviso en otros idiomas, contacte al ADE/ESS en el número de teléfono/dirección que se da arriba.